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25-Jul-2020

COMUNICADO

COMUNICADO

Sobre las afirmaciones realizadas en el medio de comunicación digital “El Foco”, aclaramos lo siguiente:

  1. La contratación a la que hace referencia la publicación fue gestionada para implementar un programa de desvinculación laboral totalmente voluntario, principalmente dirigido al personal entre 60 y 69 años, de todos los niveles y áreas de la Empresa, quienes por decisión propia optaran por concluir con su permanencia laboral en PETROPERÚ, accediendo a beneficios y oportunidades óptimas. Este tipo de procesos es realizado de manera regular en empresas tanto públicas como privadas.
  2. No obstante, precisamos que la compañía especializada Dinámica Profesional Consultores S.A., indicada en la nota, no brindó dicho servicio a PETROPERÚ al haberse identificado -en su momento- un impedimento para su contratación. El servicio viene siendo brindado por la empresa MD STRATEGIES PERÚ S.A.C., Career Partners International.
  3. Por otro lado, la catalogación de “reservado” que se otorga al monto estimado referencial (MER) de los procesos de contratación, tiene como objetivo fomentar la mayor competencia entre proveedores y evitar que los postores logren eventuales acuerdos anticompetitivos. La reserva del MER cesa cuando la Entidad lo hace de conocimiento de los postores al registrarse el otorgamiento de la buena pro o la asignación del proveedor.
  4. Sobre la adquisición de vinos espumantes, precisamos que fueron productos adquiridos para su entrega a los trabajadores por Navidad en el 2018, siendo el proceso de contratación registrado oportunamente en el Portal Web de PETROPERÚ, según el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones vigente en ese momento.
  5. Con la modificatoria al Reglamento realizada en el 2019, se establece que el registro de la información de los Procesos por Competencia, Adjudicaciones Selectivas y Adjudicaciones por Contrato Marco se debe realizar a través del Seace (Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado), por lo que el proceso en mención fue registrado con posterioridad en dicha plataforma, a efectos de dar cumplimiento al lineamiento.
  6. Lamentamos que el autor de la nota haya formulado sus consultas a PETROPERÚ con poco tiempo de antelación a su publicación, lo que nos impidió aclarar oportunamente a este medio de comunicación los hechos informados, con la transparencia que el caso amerita.

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