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Marco legal

Descripción

Mediante Decreto Ley N.° 17753 del 24 de julio de 1969 se denominó como Petróleos del Perú - Petroperú S.A. a la Empresa Petrolera Fiscal. Petroperú S.A. está organizada y funciona como una sociedad anónima de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N.° 043, Ley de la Empresa Petróleos del Perú - Petroperú S.A. publicado el 4 de marzo de 1981 y sus modificatorias (Ley N.° 26224, publicada el 23 de agosto de 1993; Ley N.° 29163 - Ley de la Actividad Empresarial del Estado aprobada el 2 de diciembre de 1988; Ley N.° 28840 - Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Empresa Petróleos del Perú - Petroperú S.A.; y Ley N.° 30114 del 2 de diciembre de 2013). Esta norma rige la actividad económica y financiera de la empresa, así como nuestra relación con los diversos niveles de gobierno y regímenes administrativos.

El Estatuto Social de Petróleos del Perú (Petroperú S.A.) fue aprobado por la Junta General de Accionistas el 18 de octubre de 2010. Conforme a él, tenemos por objeto social llevar a cabo actividades de hidrocarburos según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Hidrocarburos. En el ejercicio de nuestra labor, actuamos con plena autonomí­a económica, financiera y administrativa, y de acuerdo con los objetivos, las políticas y las estrategias aprobados por el Ministerio de Energía y Minas. Además, podemos realizar y celebrar toda clase de actos y contratos, así como regirnos en nuestras operaciones de comercio exterior por los usos y las costumbres del comercio internacional, y por las normas del derecho internacional y la industria de hidrocarburos generalmente aceptadas.

El 2 de junio de 2004 fue promulgada la Ley N.° 28244, que excluye a Petroperú S.A. del proceso de promoción de la inversión privada en sus modalidades de transferencia de acciones y/o activos y de venta de activos en caso disolución o liquidación. Además, autorizó nuestra participación en las actividades de exploración y producción de hidrocarburos.

Asimismo, el 23 de julio de 2006 fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Ley N.° 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Empresa Petróleos del Perú - Petroperú S.A. Ella nos otorgó una mayor autonomía en el desarrollo de nuestras actividades y nos excluyó del ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento del Estado (FONAFE) y de las normas y los reglamentos del Sistema de Inversión Pública (SNIP), hoy Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Con el Decreto Supremo 012-2013-EM, publicado el 27 de abril de 2013, se aprobó el Reglamento de la Ley N.° 28840.

La Ley N.° 28840 y posteriormente la Ley N.° 29163 - Ley de Promoción para el Desarrollo de Industria Petroquímica (aprobada el 19 de diciembre de 2007) ampliaron el ámbito de nuestras actividades a aquellas que establece la Ley Orgánica de Hidrocarburos, en todas las fases de la industria y el comercio del petróleo, incluidos sus derivados, petroquímica básica e intermedia y otras formas de energía.

La administración y actividades de Petroperú S.A. se realizan en el marco de la Ley N.° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos y sus modificatorias y reglamentos relacionados.

En abril de 2010, inscribimos nuestras acciones en el Registro Público del Mercado de Valores, por lo que se nos aplican las normas que regulan dicho mercado. Entre otras, la Resolución SMV 005-2014-SMV-01, Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada, que nos obliga a reportar a la Superintendencia del Mercado de Valores todos los hechos de importancia derivados del desarrollo de nuestras actividades.

Además, de acuerdo al artículo 3° del Decreto Legislativo 43, estamos sujetos a las normas del Sistema Nacional de Control contempladas en la Ley N.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

El 18 de diciembre de 2013 fue publicada la Ley N.° 30130 que declaró de necesidad pública e interés nacional la prioritaria ejecución de la modernización de la Refinería Talara para asegurar la preservación de la calidad del aire y la salud pública, y adoptar medidas para fortalecer el gobierno corporativo de Petroperú S.A. Posteriormente, con Decreto Supremo 008-2014-EM, publicado el 24 marzo de 2014, se aprobó el Reglamento de la Ley N.° 30130.

La Ley N.° 30130 nos autoriza a vender o emitir acciones para que sean colocadas en el mercado de valores. En este proceso, el Estado puede incorporar una participación privada de hasta el 49% de su capital social en circulación. Asimismo, se establece que podemos realizar actividades y proyectos de inversión, siempre y cuando no generen a la empresa pasivos firmes o contingentes, presentes o futuros, no afecten las garantías del Proyecto Modernización Refinería Talara (PMRT) y no demanden recursos al tesoro público, lo cual no limita aquellos proyectos que permitan mantener la operatividad de Petroperú S.A. a la entrada en vigencia de la ley. Estas restricciones cesarán cuando generemos los flujos suficientes para garantizar el pago del endeudamiento a ser contraído para las inversiones vinculadas al PMRT, y se haya incorporado una participación privada de al menos 40% en su capital social en circulación.

Asimismo, mediante Ley N.° 30357 publicada el 6 de noviembre de 2015, se incorpora una Cuarta Disposición Complementaria Final a la Ley N.° 30130, referida la explotación del Lote 192.

El 30 diciembre de 2016 fue publicado en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo N.° 1292, que declara de necesidad pública y de interés nacional la operación segura del Oleoducto Norperuano y dispone la reorganización y mejora del gobierno corporativo de Petroperú S.A. 

Otras normas referidas a Petroperú S.A. son las siguientes:

  • Ley N.° 29817, que declara de necesidad pública e interés nacional la construcción y operación del Sistema de Transporte de Hidrocarburos (gas natural, líquidos de gas natural y derivados), y la creación de un polo industrial petroquí­mico con fines de seguridad energética nacional.
  • Ley N.° 29970, que afianza la Seguridad Energética y promueve el desarrollo del Polo Petroquímico en el Sur del Paí­s, en la que se dispuso la participación de Petroperú S.A., de manera individual o asociada en el desarrollo del polo petroquí­mico a que se refiere dicha ley.
  • Decreto Legislativo N.° 1031, que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado, dispone la inscripción de un mínimo del 20% del capital social de Petroperú S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores y la verificación anual de los estados financieros por auditores externos independientes designados por la Junta General de Accionistas.
  • T.U.O. de la Ley N.° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que establece que las empresas del Estado peruano están sujetas al procedimiento de acceso a la información pública, que las obliga a proveer la información requerida por cualquier persona en aplicación del principio de publicidad.
  • Ley N.° 26887, Ley General de Sociedades.

Finalmente, nuestras contrataciones se rigen por el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petroperú S.A., aprobado mediante Acuerdo de Directorio 109-2018 del 21 de noviembre de 2018 (vigente a partir del 9 de enero de 2019) en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1292, que nos autoriza a contar con nuestro propio Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones.